TESTIMONIO: VISTO: Los expedientes iniciados ante la Secretaría de Obras y Servicios Públicos por los vecinos del barrio "La Martita", comprendido por la Avenida Centenario, calle 24, calle 63 y calle 59; solicitando la instalación de agua corriente, Que ante solicitud de los vecinos del Barrio, el Hospital Subzonal de Balcarce e I.N.T.A., se han expedido declarando específicamente que el agua de las perforaciones existentes no es apta para consumo por el alto valor regis- trado en el test de Coliformes. Que los gastos demandados para la adquisición de los referidos ma-teriales fueron aportados, una parte por el mencionado consorcio ($ 20.025) y la restante por el Municipio ($ 13.101,50): y que el correspondiente zanjeo será realizado por el Municipio ($ 9.996.-), como así también la colocación de la ca-ñería y piezas especiales según las reglas del arte, hasta su total terminación ($ 4.006,56)- CONSIDERANDO: Que por un sentido de equidad contributiva es razonable legislar de modo tal, que los aportes de los consorcios vecinales sean iguales, Que por otra parte, los que por diversos motivos no se adhieran al consorcio, deberán aportar a la Comuna lo que no efectivizaron oportunamente, en el momento que deseen hacer la conexión. Que con dicho aporte se creará el Fondo Municipal de Agua Potable, que tendrá como fin extender dicho servicio a aquellos sectores que carezcan del referido servicio. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 18/92 ------------------------------- ARTICULO 1.- Créase el Fondo Municipal de Agua Potable, el que se integrar con ------------ los aportes de frentistas que no hayan contribuído en los respecti-vos consorcios en la financiación de las obras.--------------------------------- ARTICULO 2.- Los montos que se acumulen en el citado Fondo Municipal de Agua Po- ------------ table, serán destinados a la extensión de los servicios de agua co- rriente en aquellos lugares dentro del radio urbano que carezcan de los mismos.- ARTICULO 3.- Apruébase la realización de la obra de instalación de agua corrien- ------------ te en el Barrio "La Martita" comprendido entre las calles 59, 63, 24 y Avenida Centenario, de acuerdo al sistema implementado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Comuna.---------------------------------------- ARTICULO 4.- El consorcio vecinal deberá elevar a la Comuna el listado de los - ------------ frentistas que lo integran y que hayan realizado su aporte de a-cuerdo a lo estipulado.--------------------------------------------------------- ARTICULO 5.- Los no inscriptos en dicho listado, cuando requieran el servicio de ------------ conexión de agua corriente, deberán aportar por metro de frente la cantidad de pesos Diecisiete con sesenta y siete centavos ($ 17,67) equivalente al costo detallado anteriormente.----------------------------------------------- ARTICULO 6.- El referido valor tendrá vigencia a partir de la aprobación de la ------------ presente, adecuándose en el tiempo al equivalente al metro de cañe- ría instalada en el citado Barrio.---------------------------------------------- ARTICULO 7.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extra-ordinaria, a los nueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---